Por medio de este bloc, deseo comunicar a los socios pertenecientes al Cor Orfeó de Sants mi gran satisfacción por haberles conocido personalmente, agradecerles la confianza que han depositado en mí para que les ayude en la defensa de las ideas y principios en los que firmemente creen y por los que, en aras al buen funcionamiento de la Asociación, vienen dedicando su esfuerzo, energía y medios económicos, asumiendo incluso el riesgo de ser atacados de diversas formas por quienes, o bien no se encuentran en situación de entender sus planteamientos o, peor aún, por quienes tienen algún interés inconfesable para que la Asociación se rija por criterios que no se ajustan a los principios democráticos que corresponden al Estado Social y Democrático del que, tras muchos años de lucha y adversidades, nos hemos dotado.
También ofrezco mis reflexiones a todos aquellos socios de la Asociación Orfeó de Sants, que habría deseado conocer también personalmente, y les manifiesto mi voluntad de aclaración respecto de cualquiera de los puntos de debate-conflicto en los que se encuentran inmensos una parte importante de los miembros de la Asociación, de los que he podido tener conocimiento y haya estudiado y analizado.
A riesgo de extenderme quizá demasiado, incluso de ser reiterativa en algunos aspectos, por las notas ya publicadas en el bloc, no puedo sustraerme a la tentación de hacer una relación de los hechos, tal y como los he presenciado o conocido, por el estudio de documentos, audición de grabaciones realizadas o simple relato de terceros.
Asamblea Extraordinaria celebrada el día 7 de febrero.
1.- Antecedentes.
Mi primer contacto con un grupo importante de socis-cantaires del Cor Orfeó de Sants tuvo lugar con ocasión de las dificultades y resistencias que, al parecer, oponía el Consejo Directivo para convocar la asamblea extraordinaria que, desde el mes de septiembre del 2008, venían reclamando con la finalidad de recibir información y en su caso, someter a votación de la Asamblea de Socios, el proyecto cultural unilateralmente decidido e impuesto por el Consejo Directivo.
Mi intervención fué solicitada a la vista de que la convocatoria de la Asamblea, finalmente realizada, no se ajustaba a los plazos legalmente establecidos. Este hecho podía implicar la nulidad, a petición de cualquier socio, de la Asamblea celebrada con dicho defecto formal.
Subsanado el error o defecto de forma por el Consejo Directivo, fué convocada nuevamente la Asamblea Extraordinaria manteniendo los solicitantes el mismo orden del día inicialmente propuesto.
Con ocasión del estudio y preparación de la Asamblea Extraordinaria realizados con una representación de los solicitantes, pudimos apreciar dos cuestiones importantes: 1º) que el proyecto acordado por el Consejo Directivo no tenía cabida en el marco de los Estatutos de la Asociación actualmente en vigor y 2º) que las propuestas alternativas de los solicitantes, tal como venían planteadas en el orden del día de la Asamblea, incurrían en el mismo defecto.
Por tales razones de fondo y también para consensuar la forma en que se llevaría a cabo la Asamblea, los promotores solicitaron una reunión previa con el Consejo Directivo. Este fué mi primer contacto con algunos de los miembros directivos de la Asociación.
Con absoluta transparencia les fué planteada la cuestión y la propuesta de que se retirara el proyecto cultural y se creara una comisión-ponencia para reelaborar el proyecto y ajustarlo a los Estatutos de la Asociación o, en su caso, y dado que la nueva Ley referida a las Asociaciones y Fundaciones de Catalunya impone la obligación de adecuar todos los estatutos a lo establecido en dicha ley en el plazo de tres años, proceder a la modificación estatutaria, a la mayor brevedad posible, e incluir o eliminar del articulado los necesarios para su adecuación a realidad actual de la Asociación y de los miembros que la componen.
Resultó imposible cualquier posibilidad de acuerdo, ante la inflexibilidad de los miembros del Consejo Directivo presentes, y la reunión finalizó en la forma al parecer habitual: o esto, o esto y no hay nada más que hablar.
2.- Asamblea Extraordinaria.
Lamento que el inusual sistema de control de acceso al lugar de celebración de la Asamblea, excepcionalmente implantado por el Consejo Directivo para evitar mi presencia y participación en dicho acto, impidiera a algunas personas asistir a la Asamblea, tal y como siempre lo habían hecho.
Lamento también el mal trago que pasaron las personas que presenciaron la violencia física ejercida, contra mí persona, por el letrado contratado por el Consejo Directivo para impedir mi entrada en la Sala de celebración de la Asamblea.
Lamento, así mismo, la mala impresión que a partir de éstos hechos pueda quedar en dichas personas de quienes ejercen la abogacía y, lo lamento especialmente por la mayoría de abogados que cada día se esfuerzan por prestar un buen servicio y dignificar el ejercicio de la profesión.
En todo caso, serán los Tribunales de Justicia los que decidan si los poderes notariales de representación otorgados por un socio en mi favor, con el expreso mandato de asistir a cualquier asamblea ordinaria o extraordinaria de la Asociación Orfeó de Sants y ejercer en dicho acto todos sus derechos asociativos, me habilitaban para cumplir el encargo profesional encomendado. Así mismo serán los propios tribunales quienes se pronuncien sobre la presencia de un letrado no socio en la presidencia de la Asamblea, a instancias de los miembros directivos, frente a la privación a una parte de los socios de disponer también de la presencia de su asesora legal.
Así mismo, serán los Tribunales de Justicia quienes decidan si dichos actos, impidiendo el ejercicio legítimo de derechos, son constitutivos de responsabilidad civil o penal.
Igualmente, serán los Tribunales de Justicia los que decidan sobre la nulidad de las Asambleas celebradas y de los acuerdos adoptados en ellas, a la vista de las numerosas irregularidades cometidas por los miembros del Consejo Directivo en el ejercicio de sus funciones.
Asamblea ordinaria celebrada el 28 de marzo del 2009.
Nuevamente, me es prohibida la entrada a la Asamblea y con ello: a) se priva a mi representado del ejercicio legítimo de sus derechos como socio, b) se impide a un importante grupo de socios valerse de los servicios de asistencia legal contratados, en desigualdad de trato respecto del que disfrutan los miembros del Consejo Directivo que cuentan, a cargo de la Asociación, con el asesoramiento legal de un letrado que tampoco es socio c) se me impide el cumplimiento de mi deber profesional hacia los socios contratantes de mis servicios.
Segunda irregularidad .- Se obliga a los socios a depositar en la entrada las delegaciones de voto, que quedan bajo el único control del Consejo Directivo y se implementa con ello un sistema de votación totalmente anómalo, ya que es en el momento de votar cuando se han de acreditar e identificar las personas que ejercen el derecho de voto en nombre propio y por delegación, ante la mesa que se haya constituído y con los interventores que la Asamblea acuerde.
Tercera irregularidad.- Se impone la votación punto por punto del orden del día, y se prohiben las intervenciones referidas a las cuestiones sometidas a votación.
Finalmente, cuando las votaciones ya se han realizado, se permite ejercer el derecho de voz. Pero como las preguntas que se realizan y las cuestiones que se plantean, todas ellas referidas a los puntos del orden del día, no son del agrado de los miembros ejecutivos de la Asociación y de algunos de los socios, confundidos o afines a sus planteamientos, se impide el debate con actitudes más propias de una tragicomedia de corte totalitario, con insultos y acusaciones de calumnia incluídas, contra socios que lo único que pretenden es ejercer su derecho a preguntar y ser debidamente informados de las cuestiones sometidas a la Asamblea.
Yo me pregunto, y os invito a todos a responderos honestamente al respecto.
1º) ¿Es tan grande el desconocimiento por parte de los miembros del Consejo Directivo de vuestra Asociación de los principios democráticos básicos, por el que se han de regir?.
2º) Si no es desconocimiento ¿Cual es el motivo y la finalidad última de actuaciones tan irregulares?.
3º) La intervención-lectura del documento, cuya inclusión íntegra a la correspondiente acta mediante anexo a la misma fué solicitado y que ha sido colgado en este bloc, no viene referida a las explicaciones que, respecto a la gestión y administración de la Asociación, tienen derecho a pedir todos los socios y el deber de realizar y dar cuentas, con total transparencia, los miembros que han asumido las funciones ejecutivas?.
4º) Han de sentirse ultrajados, mal vistos, excluídos o amenazados los socios que, por respeto y en interés de la Asociación de la que son miembros, piden información clara y precisa respecto de las noticias que les llegan sobre hechos de los que no han recibido ninguna información de la Junta Directiva?.
5º) Han de sentirse ultrajados, mal vistos, excluídos o amenazados los socios que, en el ejercicio de sus derechos-deberes asociativos se ven en la necesidad de pedir rendición de cuentas, respecto de las actuaciones de los miembros del Consejo Directivo, porque éstos no lo hacen en la forma legal y estatutariamente establecida?.
El código penal, respecto a las calumnias señala en su artº 205: " Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad ".
6º) En el escrito leído, colgado en el bloc y entregado en la Asamblea para su incorporación al acta ¿Se realiza contra alguna persona la imputación de un delito?.
7º) ¿Desde cuando recabar información, que los socios tienen derecho a recibir y los miembros del Consejo Directivo obligación de dar, supone calumnias?.
Sres. Socios, con todo el respeto y con mis mejores deseos en el bien de la Asociación, que tanto estiman, yo les invito a una lectura sosegada de la totalidad de los escritos que han sido presentados en las dos Asambleas a las que me vengo refiriendo, de los Estatutos de l'Orfeó de Sants y, si tienen tiempo y ganas, de la Ley 4/2008, del libro Tercero del Codigo Civil de Catalunya, relativo a las personas jurídicas, que regula las Asociaciones y Fundaciones catalanas.
Con esas lecturas tendrán los conocimientos básicos de los derechos y deberes, tanto de los socios, individualmente contemplados, como de la totalidad de los órganos y de miembros que los componen.
Finalmente, siempre estaré a disposición de quien desee cualquier aclaración o información de lo precedentemente expuesto, así como a debatir serenamente, tomando un café o a palo seco, los diferentes puntos de vista que podamos tener respecto a la mejor manera de conducir y hacer crecer una asociación en armonía, teniendo como principal fundamento y finalidad el interés común asociativo, sin olvidarnos nunca de los principios democráticos por los que tenemos el derecho y la obligación de regirnos.
Pienso que si sabéis canalizar la presente "crisis" que estáis viviendo en el seno de vuestra Asociación, mediante el estudio de las propuestas que hagáis, la reflexión, el diálogo franco y sereno, todo ello salpimentado con un poco de sentido común y flexibilidad y teniendo siempre presentes los principios éticos y democráticos que tantos sacrificios y años de lucha han sido necesarios para que fueran implantados en nuestro país, disfrutaréis de una Asociación con mayor vitalidad y energía porque, en definitiva, de las crisis las personas inteligentes, con sensibilidad, generosas y altruístas siempre salen reforzadas y también las instituciones de las que forman parte.
Por el contrario, cuando se utilizan "las crisis" producidas por el deseo de debate y participación de los miembros de una institución, para echar pelotas fuera, para desviar el debate o la asunción de responsabilidades y compromisos, para imponer sin razonar, para instigar rechazos y enfrentamientos en lugar de diálogo comprensión y respeto, para infundir miedos en lugar de ayudar a conseguir mayor libertad para defender y ejercitar los derechos, por los que durante muchos años hemos pagado un alto precio, es entonces cuando se producen las verdaderas CRISIS y los perjuicios que se deriven si además no se ha realizado una buena gestión.
Saludos a todos y, para quienes consideren que mi comunicación ha sido una intromisión en vuestros asuntos, pido disculpas y les aseguro que lo he hecho con la mejor intención y respeto hacia todos.
Fdo: Gregoria García
Col.13359 Itre.Colegio Abogados de Barcelona.